Disposiciones adicionales
Primera
Corresponde al Justicia de Aragón proponer a la
Mesa de las Cortes la reforma del presente Reglamento conforme
a lo previsto en la disposición adicional de su Ley
reguladora.
Segunda
Corresponde a los Letrados de las Cortes de Aragón
la representación y defensa de la institución
del Justicia de Aragón ante los órganos jurisdiccionales.
Disposiciones transitorias
Primera
En el plazo de quince días, a partir de la entrada
en vigor del presente Reglamento, el Justicia procederá
a establecer, de acuerdo con las Cortes, la clasificación
y relación de puestos de trabajo de la institución,
con expresión de los grupos, niveles y número
de plazas previstas para el ejercicio de 1990, que se publicará
en el Boletín Oficial de las Cortes de Aragón,
y, consecuentemente, a la adaptación de las dotaciones
económicas del personal que resulten de su asimilación
a las de las Cortes de Aragón, dentro de los límites
presupuestarios previstos en el presente ejercicio económico.
Segunda
El personal eventual al servicio del Justicia de Aragón
que a la entrada en vigor del presente Reglamento ocupe
plaza reservada a personal funcionario o laboral continuará
de forma transitoria en su puesto hasta la cobertura definitiva
de la plaza mediante el oportuno procedimiento de selección.
En todo caso cesará al agotar su período de
mandato el actual Justicia de Aragón.
Tercera
En tanto la institución del Justicia no cuente con
un número suficiente de personal funcionario, a los
efectos de composición de los tribunales de selección,
se designará los que correspondan de entre el personal
funcionario de las Cortes de Aragón.
Cuarta
1. Mientras no se produzca el nombramiento del Lugarteniente,
el Justicia podrá nombrar un Asesor-Jefe que asuma
las funciones de coordinación general de la institución.
2. El Asesor-Jefe formará parte de la Junta de Coordinación.
Disposición final
El presente Reglamento se publicará en el Boletín
Oficial de las Cortes y en el Boletín Oficial de
Aragón y entrará en vigor el mismo día
de su publicación en este último.
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